NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD Y CONCESIÓN DE FACILIDADES DE PAGO
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000034, el Servicio de Rentas Internas, reformó la Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000249, que regula el proceso de concesión de facilidades de pago reformando el artículo 3 de la citada resolución, por el siguiente:
“Art. 3.- Ampliación de plazo. - En los casos en que los contribuyentes incurran en mora en el pago de las cuotas sujetas a facilidades de pago, y no cancelaren las mismas dentro de 20 días hábiles contados desde la fecha de vencimiento de la respectiva cuota, la Administración Tributaria ampliará de oficio dicho plazo por 20 días hábiles adicionales, para el pago del dividendo en mora según lo señala el segundo inciso del artículo 156 del Código Tributario.”
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