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BOLETÍN FISCAL No. 2023- 011

Boletín tributario correspondiente al 14 de marzo de 2023


AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y ANEXOS CON VENCIMIENTO EN EL MES DE MARZO

Mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC23-00000008, el Servicio de Rentas Internas, resuelve ampliar el plazo para la presentación de anexos y declaraciones de impuestos con vencimiento en marzo del año 2023


Artículo 1.- Las personas naturales y sucesiones indivisas pertenecientes al Régimen General, cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 2 y 3, podrán presentar y pagar, de ser el caso, su declaración de Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, así como los anexos y las declaraciones por otras obligaciones cuyo vencimiento sea también en marzo de 2023, sin que se generen multas e intereses, hasta las fechas señaladas en el presente artículo.

NOVENO DÍGITO DEL RUC O CÉDULA DE IDENTIDAD DEL SUJETO PASIVO

FECHA DE VENCIMIENTO (hasta)

2

24 DE MARZO

3

28 DE MARZO

Artículo 2.- Los sujetos pasivos pertenecientes al Régimen Impositivo Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE), cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1, 2, 5, 8 y 9, podrán declarar y/o pagar el Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, de acuerdo con el calendario previsto en este artículo, sin que se generen multas e intereses; así mismo, podrán presentar las declaraciones y anexos por otras obligaciones cuyo vencimiento sea también en marzo de 2023, sin que se generen multas e intereses, en las mismas fechas.

NOVENO DÍGITO DEL RUC O CÉDULA DE IDENTIDAD DEL SUJETO PASIVO

FECHA DE VENCIMIENTO (hasta)

1

30 DE MARZO

2

31 DE MARZO

5

03 DE ABRIL

8

04 DE ABRIL

9

05 DE ABRIL

DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA. - Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos de recaudación, determinación y control.


DISPOSICIÓN FINAL. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Le recordamos que nuestro boletín no puede ser utilizado o entendido como una asesoría legal. Esperamos que esta información sea útil para su gestión y estamos siempre a las órdenes para ofrecerles el mejor servicio.

 

GRUPO A&CS Consultores Av. De los Shyris N32-218 y Av. Eloy Alfaro, Edificio Parque Central, Oficina 503

(+593) 2 395 9755 / (+593) 99 902 4950

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