Contribución Societaria 2026: ¿tu empresa debe pagarla?
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La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros —SCVS— estableció las tarifas y condiciones aplicables para el pago de la Contribución Societaria correspondiente al año 2026.
Esta obligación se calcula tomando como referencia los activos reales registrados en los Estados Financieros del ejercicio económico 2025. Por lo tanto, no depende directamente de las ventas, las utilidades ni del impuesto a la renta generado por la empresa.
Mediante la Resolución No. SCVS-INAF-2026-00002608, publicada en el Registro Oficial No. 249 del 23 de marzo de 2026, se estableció una tarifa general del uno por mil sobre los activos reales para las compañías cuyos activos superen los USD 100.000. Sin embargo, las empresas que hayan presentado oportunamente sus Estados Financieros podrán acceder a una tabla de tarifas reducidas.
¿Qué es la Contribución Societaria?
La Contribución Societaria es un pago anual que deben realizar determinadas compañías y entidades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
La obligación aplica, entre otras, a:
Compañías nacionales.
Sucursales de compañías extranjeras que operen en Ecuador.
Asociaciones y consorcios sujetos al control de la SCVS.
Otras entidades comprendidas dentro del ámbito de vigilancia societaria.
El valor se determina sobre los activos reales que consten en los Estados Financieros y anexos del ejercicio económico inmediatamente anterior.
¿Qué se considera como activo real?
Para esta contribución, el activo real no necesariamente corresponde al valor total que aparece inicialmente en el Estado de Situación Financiera.
De acuerdo con el Reglamento para la Determinación y Recaudación de Contribuciones Societarias, para calcularlo se parte de los activos totales y se restan:
Las provisiones para cuentas incobrables.
La depreciación acumulada de los activos fijos.
La amortización acumulada de los activos diferidos.
Las pérdidas acumuladas y las pérdidas del ejercicio forman parte del patrimonio y no pueden restarse nuevamente para determinar el activo real.
Una fórmula referencial sería:
Activo real = Activos totales – provisiones de cuentas incobrables – depreciaciones acumuladas – amortizaciones acumuladas
Realizar esta depuración correctamente es importante. Un error en la clasificación contable puede ocasionar que la empresa pague más de lo que corresponde o que se genere una diferencia posteriormente.
Tabla de Contribución Societaria 2026
Las compañías que presentaron sus Estados Financieros 2025 dentro del plazo legal podrán calcular su contribución aplicando la siguiente tabla:
Activos reales desde | Activos reales hasta | Tarifa por mil |
USD 0,01 | USD 100.000,00 | USD 0,00 |
USD 100.000,01 | USD 1.000.000,00 | 0,74 por mil |
USD 1.000.000,01 | USD 20.000.000,00 | 0,80 por mil |
USD 20.000.000,01 | USD 500.000.000,00 | 0,88 por mil |
USD 500.000.000,01 | En adelante | 0,94 por mil |
Las compañías con activos reales de hasta USD 100.000 tienen una tarifa de USD 0,00 y, por tanto, no se les deberá emitir un título de crédito por este concepto.
La tarifa se aplica sobre el valor total del activo real correspondiente al rango en el que se encuentra la compañía.
¿Qué sucede si los Estados Financieros se presentaron fuera de plazo?
La resolución establece como tarifa general el uno por mil de los activos reales para las compañías que superen los USD 100.000.
La tabla reducida constituye un incentivo para las entidades que hayan presentado sus Estados Financieros dentro del plazo legal o de la prórroga expresamente autorizada por la SCVS. En consecuencia, una empresa que presentó tardíamente su información podría no acceder a la tarifa reducida y tendría que calcular su obligación aplicando el uno por mil.
Por ejemplo, una compañía con activos reales de USD 500.000 pagaría:
Con presentación oportuna: USD 370.
Con tarifa general del uno por mil: USD 500.
La diferencia sería de USD 130. Presentar los balances a tiempo no solo evita sanciones: también puede representar un ahorro directo. La contabilidad, como siempre, tiene excelente memoria para los atrasos.
¿Hasta cuándo se puede pagar?
La Contribución Societaria 2026 debe pagarse hasta el: 30 de septiembre de 2026
La resolución también permite dividir el pago en dos partes:
Pagar al menos el 50% hasta el 30 de septiembre de 2026.
Cancelar el saldo restante hasta el 31 de diciembre de 2026, sin recargos ni penalidades.
Para utilizar esta facilidad, la compañía debe presentar previamente la solicitud correspondiente a través del portal de trámites de la Superintendencia de Compañías.
No basta con realizar un abono parcial sin gestionar la solicitud.
¿Qué ocurre si no se paga a tiempo?
Cuando la compañía no cancela al menos el 50% de la contribución hasta el 30 de septiembre, pierde la facilidad ordinaria para pagar el saldo sin recargo hasta diciembre.
Los valores pendientes pueden generar:
Intereses por mora.
Emisión de títulos de crédito.
Inicio de procesos de cobro coactivo.
Dificultades para obtener certificados de cumplimiento.
Obstáculos para efectuar determinados actos societarios.
El reglamento señala que, cuando el saldo no se paga hasta el 31 de diciembre bajo la facilidad autorizada, los intereses pueden calcularse desde el 1 de octubre del año correspondiente. Además, las obligaciones impagas pueden remitirse al área de coactiva para su recuperación.
Casos especiales
Compañías con participación pública o finalidad social
Las entidades cuyo capital social pertenezca en un 50% o más a instituciones de derecho público, o a entidades privadas con finalidad social o pública, pagarán únicamente el 50% de la contribución calculada.
Compañías holding y grupos empresariales
Las compañías holding o tenedoras de acciones y sus vinculadas podrán presentar Estados Financieros consolidados y calcular la contribución sobre los activos reales consolidados, siempre que cumplan los requisitos previstos en la Ley de Compañías y en el reglamento aplicable.
Empresas extranjeras
Para las empresas extranjeras que operan en Ecuador, la contribución se calculará sobre los activos reales que mantengan registrados o declarados en el país y que consten en los Estados Financieros presentados ante la SCVS.
Recomendaciones antes de realizar el pago
Antes de cancelar la contribución, es recomendable que la empresa verifique:
Que los Estados Financieros 2025 hayan sido presentados correctamente.
Que el activo real utilizado por la SCVS coincida con la información contable.
Que se hayan descontado correctamente las provisiones, depreciaciones y amortizaciones.
Que la tarifa asignada corresponda al rango de activos.
Que no existan balances rectificatorios pendientes.
Que el valor aparezca correctamente en el portal de la Superintendencia.
Que la solicitud de pago del segundo 50% sea presentada oportunamente, cuando corresponda.
Si el valor generado por la SCVS presenta diferencias, la compañía puede solicitar una revisión o iniciar el reclamo administrativo correspondiente dentro de los plazos establecidos en la normativa.
Evite que una obligación anual se convierta en un problema societario
La Contribución Societaria 2026 debe analizarse con anticipación. No se trata únicamente de ingresar al portal y pagar el valor generado: primero es necesario comprobar que la base contable, la tarifa y la liquidación sean correctas.
En A&CS Consultores apoyamos a las empresas en la revisión de sus Estados Financieros, determinación de activos reales, validación de obligaciones societarias y planificación de sus fechas de cumplimiento.
¿Su empresa ya verificó cuánto debe pagar?
Nuestro equipo puede ayudarle a:
Revisar el cálculo de la Contribución Societaria 2026.
Validar la información financiera presentada ante la SCVS.
Identificar diferencias o inconsistencias en la liquidación.
Organizar un calendario de obligaciones societarias y tributarias.
Evitar intereses, recargos y procesos de cobro

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