El 31 de julio vence el plazo para implementar los Planes de Igualdad en Ecuador
- Kamila Araujo
- 9 may
- 2 Min. de lectura

La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, en vigencia desde el 20 de enero de 2023, establece que todas las empresas con 50 o más empleados deben elaborar un Plan de Igualdad que garantice condiciones laborales equitativas y sin discriminación. Por otro lado, las compañías con 25 o más trabajadores están en la obligación de promover ambientes laborales libres de acoso sexual, implementando mecanismos de prevención y actuación.
Según el reglamento emitido el 24 de noviembre de 2023, el Plan de Igualdad debe incluir dos componentes principales:
Diagnóstico organizacional, en el que se analice la situación de igualdad dentro de la empresa, tomando en cuenta procesos como contratación, ascensos, capacitación, remuneraciones, condiciones laborales, y la existencia de políticas contra la discriminación y el acoso por razón de género.
Plan de acción, en el que se detallen las medidas a aplicar, con metas, cronograma, recursos asignados y los resultados esperados, en función del diagnóstico previo.
Inicialmente, el plazo para presentar este plan concluía el 20 de enero de 2024. Sin embargo, el Ministerio del Trabajo amplió el tiempo hasta el 31 de julio de 2024 y, posteriormente, otorgó una prórroga adicional hasta el 31 de julio de 2025.
Además, las empresas deben cumplir con las siguientes obligaciones complementarias:
Nombrar a un responsable o conformar un comité que supervise la ejecución y revisión del plan.
Informar a todos los empleados sobre el contenido y alcance del Plan de Igualdad.
Registrar el plan en la plataforma habilitada por el Ministerio del Trabajo. No hacerlo implicará una multa de $200.

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