Las S.A.S. deberán cambiar de forma jurídica si operan en sectores estratégicos
- A&CS Consultores
- 21 ago 2025
- 2 Min. de lectura

Las Sociedades por Acciones Simplificadas (S.A.S.) han sido una de las figuras más atractivas para emprendedores en Ecuador, gracias a su flexibilidad y facilidad de constitución. Sin embargo, un reciente cambio normativo establece nuevas limitaciones que todos los empresarios deben tomar en cuenta.
De acuerdo con el Reglamento General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional, publicado el 15 de julio de 2025 en el Registro Oficial No. 81, las S.A.S. no podrán realizar actividades en sectores estratégicos ni en áreas consideradas sensibles para el Estado.
¿Qué actividades están restringidas?
Entre los sectores donde las S.A.S. ya no podrán operar se incluyen:
Energía y recursos naturales no renovables
Hidrocarburos y minería
Agua y biodiversidad
Telecomunicaciones y espectro radioeléctrico
Servicios financieros, seguros y mercado de valores
Además, la restricción se extiende a actividades que estén directamente vinculadas con estas áreas.
¿Qué deben hacer las S.A.S. afectadas?
Si una S.A.S. ya se encuentra operando en alguno de estos sectores, tendrá que transformarse en otra figura societaria —como una sociedad anónima (S.A.) o una
compañía limitada (Cía. Ltda.)— en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la norma.
De no hacerlo, la consecuencia será grave: la disolución y liquidación de la compañía, según lo dispone la ley.
Un llamado a la acción para empresarios.
Este cambio regulatorio busca que sectores estratégicos del país estén bajo estructuras societarias con mayor control y exigencias legales. Por eso, si tu empresa S.A.S. se encuentra en esta situación, lo más recomendable es asesorarte cuanto antes con un abogado o experto en derecho societario para iniciar el proceso de transformación y garantizar la continuidad de tu negocio.

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