
Les recordamos que la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, vigente desde el 20 de enero de 2023 en Ecuador, obliga a las empresas con 50 o más empleados a desarrollar un Plan de Igualdad. Este plan debe incluir acciones para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el ámbito laboral. Además, las empresas con 25 o más empleados deben fomentar un entorno de trabajo que evite el acoso sexual y establecer procedimientos específicos para su prevención. El Reglamento de la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, promulgado el 24 de noviembre de 2023.
Especifica que el Plan de Igualdad debe contener:
Un diagnóstico que recopile datos sobre la situación de igualdad en la empresa, considerando aspectos como selección, formación, promociones, jerarquía, remuneración, condiciones laborales, y medidas contra la discriminación y acoso de género.
Un plan basado en el diagnóstico, que describa las medidas, estrategias y prácticas para implementar la igualdad de género en el trabajo. Este debe incluir datos del personal, resultados del diagnóstico, descripción de medidas, plazos y recursos.
El plazo original para elaborar estos planes vencía el 20 de enero de 2024, pero el Ministerio del Trabajo de Ecuador lo ha extendido hasta el 31 de julio de 2024.
Adicionalmente, las empresas obligadas deben cumplir con:
Crear un Comité Especializado o designar a una persona responsable de monitorear, evaluar y revisar periódicamente el Plan.
Difundir y comunicar el Plan de Igualdad a todos los empleados.
Registrar el Plan de Igualdad en la plataforma del Ministerio del Trabajo. El no cumplimiento con el registro resultará en una multa de 200 dólares.
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